Derechos de Visita de San Bernardino
En el caso de una separación legal o divorcio donde están involucrados niños, una orden de custodia del niño puede determinar los derechos de custodia de los niños para uno o ambos padres. Una vez se emita la custodia del niño, los derechos de visita pueden ser concedidos al padre que sea considerado como no-custodiador, es decir el padre que no recibe los derechos de custodia.
Al padre que no tiene la custodia deben concedérsele unos derechos de visita razonables, a menos que se compruebe que sus visitas con el niño afectan el bienestar de el niño. Los derechos de visita son determinados por las cortes de California y establecidos dentro de la orden de visita del niño. Si esta orden no es atendida por algún padre, severas penalidades pueden surgir. Ambos padres deben cumplir con las órdenes de custodia y visita todo el tiempo.
Las cortes tienen generalmente una amplia discreción para definir un calendario de visitas con la única finalidad de establecer siempre el mejor interés para el niño. Las órdenes de visitas del niño pueden asegurar la salud del niño, seguridad, bienestar y que el niño tenga continuo contacto con ambos padres.
Algunos de los factores que se toman en cuenta para asignar los derechos de Visita son:
Derechos de visita del abuelo
Las visitas al niño también pueden otorgarse a otros miembros de la familia como los abuelos. La ley de California ha otorgado el derecho a la corte para determinar y conceder una visita razonable a otro miembro de la familia diferente del padre que tenga un interés en el bienestar del niño. Este derecho, sin embargo, es limitado. Los padres aún tienen el derecho de tomar decisiones concernientes al cuidado, custodia y control de sus hijos. Una decisión de la corte puede supeditar la objeción de una padre cuando la visita ayuda al bienestar del niño. Puede ocurrir también que la objeción del padre puede supeditar la decisión de la corte si comprueba que esta visita afecta al niño.
Aún si la corte no concede los derechos de visita al abuelo en cuestión, esto no prohibe que el abuelo pueda compartir tiempo con el niño. La corte simplemente no concede al abuelo derechos legales de visita. El niño no tendrá que visitar al abuelo en un horario. El niño puede visitar al abuelo en su tiempo libre o cuando ellos quieran.